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Rendición de Cuentas
La Rendición de Cuentas es una obligación que tienen los mandatarios, autoridades, funcionarios y funcionarias de informar a la sociedad civil sobre sus actos y omisiones, sujetándose de esta manera a una evaluación ciudadana.
Los mecanismos de Rendición de Cuentas son aquellos que permiten evaluar la gestión de los funcionarios y funcionarias y de las instituciones públicas en sí. A través de la Rendición de Cuentas se pretende constatar con indicadores verificables y comprobables el cumplimiento de las metas y resultados de la actividad pública, en relación a los ofrecimientos de campaña y planes de trabajo presentados –en caso de funcionarios y funcionarias de elección popular–, así como de los objetivos y metas trazadas por las instituciones públicas.
La Rendición de Cuentas no es únicamente un acto y una publicación anual, es una herramienta para mantener informada a la comunidad de manera permanente respecto a la gestión municipal, lo que facilita a la ciudadanía el derecho de ejecutar efectivamente el control social, y se convierte en una medida que previene y evita la corrupción.
Las autoridades institucionales tienen la obligación de emitir un informe de la gestión que incluya como mínimo información sobre cada plan y programa con sus metas e indicadores de desempeño, para medir el grado de cumplimiento de las actividades planificadas y ejecutadas, además debe incluir aquellas que estando planificadas no se pudieron cumplir y el por qué no se cumplieron.
La Rendición de Cuentas también debe detallar los mecanismos que se han utilizado (información impresa, programas de radio, televisión, talleres, web, etc.), periodicidad y nivel de incidencia geográfica (en qué lugares lo han realizado). El informe de gestión institucional debe estar acompañado de información veraz, oportuna y confiable.
La Comisión aportará con mecanismos para mejorar la Rendición de Cuentas de las autoridades del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, para informar y someterse a evaluación de la ciudadanía por las acciones u omisiones en sus funciones y en la administración de los recursos municipales; y cumplir con el mandato de monitorear y medir el grado de cumplimiento de la obligación de rendir cuentas.









